Las Prepagas no podrán aumentar por encima de la inflación

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) dictó una medida definida como de “tutela anticipada” que obliga a un grupo de empresas de medicina prepaga, que representa el 75% de los afiliados, a reajustar a partir de la próxima facturación los valores de las cuotas de sus planes de salud al mes de diciembre de 2023 ajustado por IPC.

La información dada este miércoles por el vocero Manuel Adorni, señala también que las empresas de medicina prepaga deberán devolver el monto cobrado por encima de los índices inflacionarios durante esos meses, y a futuro recalcular los aumentos de las cuotas de sus planes en función de la variación del IPC.

El dictamen sostiene que siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma, deben cumplir con los requerimientos que se detallan a continuación. Por el plazo de 6 meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)

Las personas investigadas por la CNDC y alcanzadas por la mencionada medida cautelar son las empresas de medicina prepaga Galeno Argentina S.A., Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical S.A., Omint S.A. de Servicios, OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios; la confederación que las agrupa, Unión Argentina de Salud (UAS); y el Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su doble carácter de presidente de la firma Swiss Medical S.A. y de la UAS.

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