Golpe judicial a un artículo de la ley de Bases que anula la Ley de Tierra

La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones La Plata suspendió el artículo del DNU 70/23 mediante el cual la gestión presidencial de Javier Milei pretendía derogar la Ley de Tierras sancionada en 2011.

La sentencia que declaró inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23 le dio curso a la presentación de un amparo realizado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas. Los ex combatientes denuncian que el decreto presidencial tiene como objetivo la extranjerización de tierras nacionales.

La Ley de Tierras limita la titularidad y posesión de tierras rurales por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras. Sólo puede haber un 15 por ciento de tierras en manos de extranjeros; y un mismo titular extranjero no puede superar el 30 por ciento de esa porción ni tampoco las 1000 hectáreas en la zona agrícola núcleo (las tierras más productivas). La ley también prohíbe la venta a extranjeros de tierras “que contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes“. De esta forma reserva el cuidado de mares, ríos, arroyos, lagos, humedales, lagunas, esteros glaciares, acuíferos. En el 2011 se creó un registro de tierras y las compraventas deben ser autorizadas por el Estado.

 

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