Juicio por incendio que dejó en 1978 en la cárcel de Villa Devoto 65 muertos

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llevó a cabo el miércoles pasado una inspección ocular en el Pabellón Séptimo de la Unidad Penitenciaria N°2 de Villa Devoto en el marco del juicio a tres agentes penitenciarios acusados por aplicación de tormentos contra 153 personas (65 de esos casos seguidos de muerte) durante y después del incendio ocurrido el 14 de marzo de 1978 como resultado de una requisa.

De la medida participaron víctimas sobrevivientes de los hechos, familiares de otras víctimas, el juez Nicolás Toselli y la jueza Adriana Palliotti -ambos integrantes del TOF-,  y en representación del MPF, estuvieron presentes el fiscal general Abel Córdoba y las auxiliares fiscales María Laura Grigera y Viviana Sánchez y la jefa de despacho Desiré Salomón.

Los sobrevivientes reingresaron al penal, y durante el recorrido ubicaron las instalaciones y sitios donde ocurrieron los hechos, identificaron estructuras, marcaron distancias y describieron la dinámica del evento. El reconocimiento abarcó el pabellón en particular, pasillos, pasarelas, escaleras y celdas de castigo.

En este juicio de la denominada “Masacre del Pabellón Séptimo” iniciado el 9 de octubre pasado, son tres los acusados: el exdirector del Instituto de Detención de Devoto, Juan Carlos Ruiz, en carácter de autor mediato de los hechos, en tanto que el exjefe de la División Seguridad Interna, Horacio Martín Galíndez; y el excelador de la División Seguridad Interna, Gregorio Bernardo Zerda; están imputados como coautores.

De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron el 14 de marzo de 1978 a partir de una violenta requisa del personal penitenciario que desencadenó un enfrentamiento entre las personas detenidas y los guardiacárceles del Servicio Penitenciario Federal.

El incendio en el Pabellón Séptimo se produjo cuando se encendieron los colchones y camas que los reclusos pusieron contra las rejas como mecanismo de defensa ante los gases lacrimógenos y los disparos de armas de fuego de los guardias.

El requerimiento fiscal de elevación a juicio sostuvo que el incendio comenzó a las 8.15 y que el personal penitenciario “en lugar de disponer la dirección de los esfuerzos (…) hacia el auxilio de las personas encerradas profundizó el ataque y la represión que finalmente devino en la muerte de 65 víctimas y los graves padecimientos físicos de otras 88”.

La fiscalía encuadró los hechos “dentro del contexto del plan criminal multidimensional que se tuvo por probado” durante el juicio a las juntas militares. “Esto es decisivo, y por ello vale la pena repetirlo, no se trata de eventos aislados sino ocurridos en un contexto más amplio judicialmente acreditado, los crímenes de lesa humanidad cometidos bajo la Jurisdicción del Primer Cuerpo del Ejército”, marcó.

La fiscalía agregó que, después del incendio, el personal “abrió las rejas de ingreso al pabellón y los sobrevivientes que pudieron movilizarse por sus propios medios salieron de allí”.

Remarcó que, en ese contexto, los penitenciarios “improvisaron una suerte de pasarela desde el mencionado pabellón hacia las celdas de castigo, y por allí pasaron los sobrevivientes quienes sufrieron una paliza a lo largo del trayecto. Los agentes golpearon salvajemente a las víctimas, incluso en las zonas donde se veía que habían sufrido quemaduras”.

10 de diciembre de 2024

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