El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén condenó a prisión perpetua a los exmilitares Sergio San Martín y Jorge Di Pasquale; a penas de cinco años de prisión al exgendarme Emilio Sacchitella; y de cuatro años a los exmilitares Hugo Renes y Carlos Carreto, en el juicio conocido como “La Escuelita IX”. El juicio se desarrolló de manera presencial en el salón de la Asociación Mutual Universitaria Comahue (AMUC), mientras que los imputados participaron de forma remota.
Según se detalla desde fiscales.gob.ar el tribunal consideró acreditados los crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 17 víctimas durante la última dictadura cívico-militar, en distintas localidades de las provincias de Río Negro y Neuquén.
Los jueces Alejandro Silva, Alejandro Cabral y Ernesto Sebastián absolvieron al expolicía Miguel Ángel Ferrari, quien integraba el Cuerpo de Informaciones de la Comisaría 28 de Catriel, Río Negro. En tanto, declararon extinguida la acción penal respecto del exgendarme Miguel Cil por su fallecimiento durante el proceso y, en consecuencia, dispusieron su sobreseimiento.
En relación a Cil, además, por mayoría —con los votos de Cabral y Silva— y en resguardo del derecho a la verdad, el tribunal señaló que la valoración de las pruebas producidas durante el debate no permitió alcanzar un pronunciamiento condenatorio en su contra.
Por otra parte, el tribunal calificó los hechos juzgados como crímenes de lesa humanidad y, también por con los votos de la misma mayoría, dio por probados los hechos cometidos en perjuicio de Carlos Magariños, atribuidos al exmilitar Oscar Reinhold, uno de los imputados que había sido apartado del juicio por razones de salud y posteriormente falleció.
Los jueces tampoco hicieron lugar al pedido de revocación de las prisiones domiciliarias, por lo que los condenados continuarán cumpliendo las penas bajo esa modalidad. Asimismo, rechazaron la solicitud de suspensión del goce jubilatorio, al considerar que esa cuestión “escapa a la competencia del tribunal” y que deberá expedirse al respecto “la autoridad administrativa correspondiente”.
En cuanto a los pedidos de reparaciones simbólicas —vinculados con el exilio forzoso, la violencia contra las infancias, la incorporación de los nombres de los hijos de las víctimas al registro de víctimas del terrorismo de Estado, la señalización de los sitios que funcionaron como centros clandestinos de detención y la remisión por vía diplomática de una copia de la sentencia—, el tribunal dispuso que se realicen las gestiones correspondientes por las vías pertinentes y en ejercicio de las facultades propias del Ministerio Público Fiscal.
Durante el debate intervino la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Neuquén, integrada por el fiscal general Miguel Ángel Palazzani, el auxiliar fiscal David Maestre y los funcionarios Gabriela Schumacher y Juan José Cendagorta.








