El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) emitió un comunicado ratificando la necesidad de resguardar el respeto a la autonomía universitaria, el valor constitutivo, inescindible y fundante del sistema universitario público argentino, en el marco del que cada comunidad debe elegir sus autoridades, y definir sus normas de convivencia.
“Advertimos con vehemencia que debe respetarse el rol del Congreso nacional en el proceso de creación de nuevas universidades, evitando decisiones discrecionales y otorgando racionalidad y previsibilidad a cada institución en formación y a sus comunidades”, señala el comunicado recordando que las universidades nacionales solo pueden ser creadas por ley y su cese debe ser dispuesto también por ley, previo informe del CIN.
En ese contexto destacan que “el Poder Ejecutivo no podrá, en ningún caso, emitir disposiciones de carácter legislativo, solo la función establecida en el artículo 49 de la Ley de Educación Superior, que es designar a un/a rector/a organizador/a, con las atribuciones propias del cargo y las que normalmente corresponden a los Consejos Superiores”.
El CIN recordó que luego de sancionadas las leyes que crean la Universidad Nacional del Delta (Ley N° 27.727), la Universidad Nacional de Pilar (Ley N° 27.728), la Universidad Nacional de Ezeiza (Ley N° 27.729), la Universidad Nacional de Río Tercero (Ley N° 27.730), la Universidad Nacional Madres de Plaza de Mayo (Ley N° 27.731), el entonces Ministerio de Educación cumplió con la función de designar al rector o rectora organizador/a mediante las resoluciones correspondientes. “Es fundamental respetar el proceso legal de las instituciones universitarias”, destacando especialmente la situación que atraviesa la Universidad Nacional Madres de Plaza de Mayo, cuyos trabajadoras y trabajadores docentes y nodocentes, que no han cobrado sus salarios correspondientes.
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