Perpetua a exoficial integrante del Grupo de Tareas de la ESMA

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de la ciudad de Buenos Aires condenó este lunes por unanimidad a la pena de prisión perpetua al exoficial del Grupo de Tareas (GT) 3.3.2 de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), Horacio Luis Ferrari, por delitos perpetrados en 1977 en perjuicio de 240 víctimas que permanecieron cautivas en ese centro clandestino de detención.

La jueza Sabrina Namer (presidenta) y los jueces Enrique Méndez Signori y Fernando Marcelo Machado Pelloni declararon que los hechos juzgados constituyen crímenes de lesa humanidad, tal como lo requirieron en su alegato el fiscal a cargo de la Unidad que interviene en los juicios orales por violaciones a los derechos humanos en el ámbito de la exESMA, Félix Crous, y la auxiliar fiscal de esa dependencia, Marcela Obetko.

Horacio Luis Ferrari escuchó el veredicto a través de la plataforma Zoom. Más temprano, había expresado sus últimas palabras también a través de esa aplicación.

El tribunal anunció que los fundamentos se darán a publicidad el 10 de marzo próximo. El exmarino fue condenado como partícipe necesario en 3 hechos de violación agravada con el concurso de dos o más personas cometida en forma reiterada, y en grado de coautor de los siguientes delitos:

  • 42 hechos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por la condición de funcionario público y por mediar violencia o amenazas.
  • 170 hechos privación ilegal de la libertad triplemente agravada por la condición de funcionario público, por mediar violencia o amenazas y por su duración mayor a un mes.
  • 230 hechos de imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos.
  • 77 hechos de homicidio doblemente agravados por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas.
  • 1 hecho de homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas y por la utilización de veneno.
  • 18 hechos de sustracción, retención y ocultamiento de personas menores de 10 años.

Por otro lado, el tribunal ordenó la extracción de constancias de la causa para que se investiguen las adulteraciones y sustituciones de pruebas, con relación a los legajos del condenado y del Libro de Navegación del buque Destructor ARA Rosales, tal como fuera solicitado por la fiscalía en su alegato. En efecto, la reconstrucción de la actividad desplegada por el acusado durante 1977 demandó una importante tarea investigativa, dado que los faltantes y la alteración de aquellos registros derivó en que no existieran calificaciones genuinas de la tarea desplegada por Ferrari durante el año 1977.

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