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Nuevas condiciones para el ingreso al Repro ll

El Ministerio de Trabajo estableció nuevas condiciones para las empresas que soliciten su ingreso al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), para los salarios devengados en abril último, a través de la resolución publicada este martes en el Boletín Oficial.

Se adoptó las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II que establece para los sectores críticos se tomará la facturación registrada en abril de 2019 y el mismo mes de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento como máximo del 69% en términos nominales.

Estos mismos parámetros de facturación se aplicarán a los sectores no críticos, con la diferencia que la comparación se hará entre marzo de 2019 y el mismo mes de este año. Ese mismo periodo de comparación utilizará con el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 112% en términos nominales.

Respecto del Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, el Comité planteó la misma recomendación que la propuesta para los sectores críticos y afectados no críticos, en cuanto a la variación de la facturación.

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