La AFIP notificó a más de 24.000 monotributistas que hasta el 31 de diciembre pueden realizar la transición al régimen general con menor carga tributaria y administrativa.

Son personas que están en condiciones de ser excluidos del monotributo ya que, por ejemplo, sus ingresos brutos excedieron los límites establecidos o registraron ventas con tarjetas que superaron los máximos previstos. Pueden optar por convertirse en autónomos de forma voluntaria y así acceder a los beneficios administrativos y la reducción de los costos tributarios que fueron establecidos por la ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

La normativa generó un puente entre el régimen simplificado y el régimen general con la intención de facilitar la transición aliviando la diferencia de la carga tributaria que existe en ambos universos.

¿Cuáles son los beneficios?

1) Reducción significativa en la carga tributaria que consiste en créditos fiscales para IVA y gastos deducibles para Ganancias de hasta un 50% del monto tope de ingresos del monotributo.

2) Quienes realicen el cambio hasta el 31 de diciembre de 2021, experimentarán beneficios fiscales adicionales durante tres años. A lo largo de ese período gozarán de una reducción del saldo deudor que surja de la diferencia entre el débito y el crédito fiscal en cada período.