Informe final de la comisión investigadora del caso Libra

La Comisión Investigadora de la criptomoneda Libra que funcionó en la Cámara de Diputados entregó su informe final que fue sintetizada en las siguientes conclusiones:

1. Que los hechos analizados y la responsabilidad política determinada por esta Comisión obligan a que el Congreso de la Nación evalúe si el Presidente de la Nación incurrió en mal desempeño de sus funciones.

2. Que la información y el material probatorio reunidos confirman vínculos económicos directos entre Mauricio Novelli, Manuel Terrones Godoy, Hayden Davis y Sergio Morales.

3. Que el análisis técnico de la blockchain detectó flujos de fondos entre esos actores, coincidentes en montos y fechas con investigaciones previas que describen un presunto acuerdo de cooperación destinado a monetizar la imagen del Presidente Javier Milei.

4. Que la promoción del proyecto $LIBRA no fue un hecho aislado: en diciembre de 2024 se registró una maniobra financiera similar vinculada a la moneda digital de KIP Protocol, también difundida por el Presidente.

5. Que las afirmaciones del Presidente acerca de que desconocía los pormenores del proyecto y que solo difundió información pública carecen de sustento fáctico.

6. Que al promover $LIBRA mediante un tweet fijado en su cuenta verificada con tilde gris institucional en X, el Presidente comprometió su investidura en un acto que no puede considerarse de naturaleza privada, consolidando una conducta que desdibuja los límites entre lo público y lo privado.

7. Que, el Presidente actuó sin consultar a ningún organismo técnico o jurídico del Estado, omitiendo la debida diligencia y desatendiendo los procedimientos de control institucional.

8. Que esta falta de control se habría replicado en la operación con la moneda digital KIP en diciembre de 2024, lo que permite inferir una conducta reiterada orientada a eludir los mecanismos formales de supervisión.

9. Que sin la promoción realizada desde su cuenta oficial, el proyecto $LIBRA no habría alcanzado el volumen de compras registrado.

10. Que no existió motivo fundado para las 16 reuniones mantenidas con los actores involucrados, registradas en los ingresos a Casa Rosada y Olivos, de las cuales solo 4 figuran en el Registro Público de Audiencias de Gestión de Intereses, a pesar de encuadrar claramente en lo previsto por el Decreto 1172/03.

11. Que no existió una verdadera voluntad de investigar mediante una autoindagación del Poder Ejecutivo; por el contrario, se observó secretismo y falta de transparencia tanto en la Oficina Anticorrupción como en la Unidad de Tareas de Investigación. Esta falta de cooperación configuraría un incumplimiento de los deberes funcionales de Alejandro Melik y Florencia Zicavo.

12. Que, de manera inédita e inusitada, ningún funcionario público compareció ante la Comisión, a diferencia de lo ocurrido en investigaciones anteriores realizadas por el Congreso.

13. Que, por ello, los funcionarios Mariano Cúneo Libarona, Alejandro Melik, Florencia Zicavo, Paulo Starc y Roberto Silva habrían incurrido en incumplimiento de deberes, entorpeciendo las facultades constitucionales e investigativas de esta Comisión.

14. Que existen elementos suficientes para sostener que se habría violado la Ley de Ética Pública, dado que el Presidente habría promovido un negocio privado incompatible con sus funciones y realizado actividades ajenas a sus tareas oficiales, utilizando su investidura en beneficio de intereses privados. Ello implicaría también el incumplimiento de los artículos 8, 9, 11, 13, 18, 19, 20 y 30 del Decreto 41/1999, que exigen probidad, transparencia, legalidad y veracidad.

15. Que no se recibió la cooperación institucional debida por parte del Poder Judicial ni del Ministerio Público Fiscal, a pesar de tratarse de una atribución constitucional del Congreso. La Comisión actuó siempre dentro de las facultades del artículo 75 inciso 32 de la Constitución Nacional y solicitó de manera permanente el auxilio judicial necesario, sin obtener respuesta.

13 de diciembre de 2025

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