En lo que puede considerarse un acto de censura el gobierno modificó un decreto reglamentario de una ley, sancionada en 2016, que encuadra el acceso a la información pública. Con la firma del presidente Javier Milei y del jefe de gabinete Guillermo Francos, se publicó en el Boletín Oficial un decreto (780/2024) que reglamenta la ley de acceso a la información pública (27.275) modificando la anterior norma reglamentaria que regía para esta ley.
La nueva reglamentación de la ley no solo restringe el pedido de información pública también busca castigar a quien insiste con ese tipo de pedidos estableciendo la figura del “abuso de derecho” previsto por el artículo diez del Código Civil para las personas que intenten ejercer el derecho de acceso a la información pública y que, según el gobierno, lo hayan realizado de mala fe.
El decreto establece como función a cumplir por todos los responsables del acceso a la información pública, informar a la Agencia los “apartamientos” del principio de buena fe para adoptar “las medidas necesarias”, que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. También impone elaborar estadísticas para considerar cuando las solicitudes puedan configurar un abuso en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de los solicitantes.
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