La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazo del habeas corpus colectivo y correctivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) por el traslado de las personas detenidas en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicado en el barrio de Villa Devoto, al nuevo establecimiento de Marcos Paz.
Sin embargo, estableció medidas para asegurar el cumplimiento de las reglas que rigen las comunicaciones de los traslados y garantizar las tareas de inspección y monitoreo del organismo. La resolución, firmada ayer por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, confirmó el pronunciamiento del juez Santiago Bignone, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°60, con los alcances indicados en el fallo.
La decisión se dio en línea con la postura que había planteado el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°44, Pablo Recchini, en las audiencias previas a la resolución de primera instancia, cuando sostuvo que la relocalización en el nuevo Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz no implicaba, por sí misma, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.
El tribunal señaló que el planteo no buscaba discutir la decisión estatal de cerrar el complejo de Villa Devoto, sino determinar si las condiciones en las que se organizaron y ejecutaron los traslados habían generado —o presentaban un riesgo cierto e inminente de generar— un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.








